jueves, 31 de enero de 2008

Trabajo de Análisis de La Ley Orgánica de Planificación

República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular para la Educación Superior
Colegio Universitario “Francisco De Miranda”
Cátedra: Administraciòn Fiscal y Presupuestarias
Sección: 222















Profesor:
Econ. Nelson Ford Integrantes:
Corova Haydee
Carnet 6002202
López Yosileidy
Carnet 6200402
Márquez Yohana
Carnet 6200442
Alejandra Quevedo
Carnet: 53.02931
Riobueno Ingrid
Carnet: 6003662


Caracas 08 de Diciembre del 2007
INTRODUCCIÓN

En Venezuela, como en cualquier nación, es necesario conocer la situación de los servicios públicos, educación, seguridad, vivienda, salud, empleo, cultura, deporte, recreación, alimentación, vialidad, trasporte, centro de abastecimientos, datos sobre población, etc. A partir de allí se debe determinar necesidades y especificarlas.

Luego debe establecerse el orden de prioridades, atendiendo criterio de posibilidades concretas. Es decir, ¿Cuáles, como y en que tiempo pueden tener respuesta? Allí se debe observar posibilidades financieras, posibilidades materiales, posibilidades técnica y posibilidades humanas.

La ley Orgánica de Planificación, con Decreto Nº 1.528 06 de noviembre de 2001, fue establecida en base a lo anteriormente dicho, para tener un mayor control en la satisfacción de las necesidades de la comunidad.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Se explica que junto a la creación de la Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República el 30 de diciembre de 1958, se institucionalizó la planificación en Venezuela, como una labor de análisis, proyección y formulación de metas generales.
Siempre ha existido el espíritu de que la administración pública tuviese un mejor control a través de la planificación.
Para ello se creo una ley de planificación, además de que el ejecutivo debería presentar cada año el plan anual de la nación ante la asamblea nacional y debería estar regido por dicha ley. Con ello se pretendía dar cavidad a la necesidad de que en Venezuela tuviese una planificación para un mejor desarrollo social, político y económico.
A partir de 1999 esto se convierte en algo fundamental para el estado debido a los lineamientos políticos establecido y de la estrategia para alcanzar los objetivos del periodo constitucional. Y se crea un ministerio de planificación para velar por el cumplimiento de la misma y de ser como un brazo del poder publico nacional en cuanto a los proyectos y el desarrollo de la nación.
Por cuanto no solo sirve de marco normativo a otras Leyes que rigen esta materia, sino que igualmente desarrolla los derechos constitucionales para el ejercicio de la Participación Social. Este Decreto-Ley tiene por objeto establecer las bases y lineamientos para la construcción, la vialidad, el perfeccionamiento y la organización de la planificación en los diferentes niveles territoriales de gobierno, así como el fortalecimiento de los mecanismos de consulta y participación democrática en la misma.
TITULO I
DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Consta de 3 artículos, lo cuales mencionan el objeto y finalidad de la ley, explica que se entiende por planificación y los órganos de la administración pública sujetos a la misma.
Planificación pública refiere al hecho de diseñar un plan de trabajo en un espacio geográfico y en un tiempo determinado, referente a asuntos que atañen a un colectivo-comunidad.
TITULO II
LA CONSTRUCCION, VIABILIDAD Y
PERFECTIBILIDAD DE LA PLANIFICACION

Consta de 3 capítulos que se refieren a la construcción, viabilidad y perfectibilidad de la planificación, que se debe establecer desde su concepción (la idea) y la metodología para lograrlo.
El capitulo I contiene 4 artículos que explican la definición de lo que es la viabilidad de un plan, las proporciones que puede haber y las condiciones o características de lo que existe en el país.
El capitulo II también tiene 4 artículos que explica los tipos de viabilidad que hay para lograr la imagen objetivo, los planes deben ser socio - político, que debe contar con el apoyo de la comunidad. Económico – financiero, que debe tener lo que es el suficiente recurso humano, natural y financiero. Por ultimo, la viabilidad técnica la elaboración, ejecución y evaluación con el conocimiento instrumental y terminología apropiada.
El capitulo III consta de 5 artículos que hablan de la perfectibilidad, de cómo hacer la evaluación, el seguimiento, control y medición del plan. Saber como afectan los resultados de la planificación elaborada en la sociedad y los medios relacionados.

TITULO III
LAS INSTANCIAS DE COORDINACIÓN Y FORMULACIÓN EN LA PLANIFICACIÓN

Las instancias de Planificación en el sector Público que establece la ley Orgánica de Planificación son:
1.- Instancias Nacionales
2.- Instancias Regionales.
Las Instancias Nacionales son aquellas que tienen efecto y presencia en todo el territorio Nacional. Los entes que lo conforman según la ley vigente son:
La Presidencia de la República: en la persona del Jefe del Estado y los equipos Presidenciales que éste conforme; esta entre sus competencias formular el Plan de Desarrollo de la Nación y dirigir su ejecución.
Ministerio de Planificación y Desarrollo. En la persona del Ministro encargado y el equipo que conforme; está entre sus competencias regular, formular y hacer seguimiento a los políticos de Planificación además de elaborar y coordinar el Plan Operativo Anual, el Plan de Inversión Publica, el Plan Nacional de Desarrollo Institucional y el Plan de Desarrollo Regional.
Gabinete Ministerial: en la persona de cada ministro con el fin de la coordinación de la Planificación en el sector encargado; cada Ministro con su equipo designado debe diseñar las directrices estratégicos para la ejecución de la Planificación en cada Ministerio y sus respectivos órganos y entes adscritos. Entre las atribuciones del gabinete Ministerial está elaborar el Plan Nacional de Desarrollo sectorial y evaluar el impacto de la ejecución de los Planes de cada sector.
Instancias Regionales, Estadales y Municipales son aquellos que formulan y ejecutan proyectos de Planificación de alcance medio, es decir, solo a niveles Regiones de Estado y Municipios; con la finalidad de apoyar al Ministerio de Planificación y Desarrollo en su función de atender los requerimientos de Planificación.
Las Gobernaciones en la figura del Gobernador se encargan de elaborar el Plan estadal de Desarrollo, los programas y acciones correspondientes, para apoyar al Plan Nacional de Desarrollo la Gobernación debe trabajar conjuntamente con el Consejo de Planificación y Coordinación.
Las Alcaldías: en la figura del Alcalde, corresponde a los alcaldes elaborar el Plan Municipal de Desarrollo en coordinación con el Consejo Local de Planificación Pública.

TÍTULO IV DE LOS PLANES
CAPITULO I. LOS PLANES NACIONALES

El titulo IV de La presente ley, trata de los planes de la nación, consta de dos capítulos.
El primer capitulo esta conformado por seis secciones y 24 artículos, donde de manera general nos señala que los planes de la nación son competencia del poder Ejecutivo Nacional y deben ajustarse a las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación establecida en esta ley. También nos indica los tipos de planes que están establecidos en esta ley que son: Plan Nacional de Desarrollo, Plan Operativo Anual Nacional, Plan Nacional de Desarrollo Regional, Plan Nacional de Desarrollo Sectorial, Plan Nacional de Desarrollo Institucional, Planes Operativos y demás planes que establezca la ley .
Cabe destacar que el Ministerio de Planificación y Desarrollo debe dictar las Resoluciones e instructivos necesarios para la elaboración de los planes nacionales contemplados en esta ley, en tal sentido serán de obligatoria, observancia y cumplimiento para los órganos y entes de la administración publica. Los cálculos para la formulación del plan Operativo Anual de la Nacional deben hacerse en coordinación con los órganos y entes de la administración pública nacional y a sus ves dicho plan debe indicar los órganos y entes responsables de implementar las directrices estratégicas y los resultados que deben alcanzar las instituciones involucradas en su ejecución
También menciona las condiciones regionales y locales que se deben tomar en cuenta en función con el objetivo de ajustar los Proyectos y acciones contemplados o en el Plan Operativo Anual, los órganos y entes de la Administración Publica deben tomar en consideración las condiciones regionales y locales; así como también dichos órganos deben establecer en sus respectivos planes y proyectos de presupuesto las responsabilidades, los servicios que presentan las meta a cumplir y cuotas presupuestarias contempladas en el Plan Operativo Anual.
Par así de esta manera la propuesta presentadas por dicho órganos, pasara al ser incluida en el plan operativo anual de la nación debe de tal modo que debe ser aprobadas por el ministerio de planificación y desarrollo, como a su ves las cuotas presupuestarias dispuesta en el plan operativo anual de La nación, y deben quedar sujetas a las capacidades institucionales de ejecución y demás evoluciones de consistencia sectorial intersectorial y territorial que realice dicho ministerio.
El capitulo II Trata de los planes estadales y municipales esta conformado por dos secciones y seis artículos los cuales hablan en su primera sección del plan estadal de desarrollo que no es mas que aquel plan que expresa las directrices de gobierno de cada uno de los estados , para un periodo de cuatro año de gestión. En su formulación debe deberá tomarse en consideración lo dispuesto en las líneas generales del el plan económico y social de la nación, el plan nacional de desarrollo y en el correspondiente plan de desarrollo regional.
Los planes políticos, y programas de los órganos y entes estadales deberán articular al plan estadal de desarrollo elaborado por el gobierno., el gobierno de cada estado debe dictar las instrucciones necesarias para la elaboración de los planes. El plan municipal de desarrollo expresa las directrices de gobierno de cada uno de los municipios, los planes políticos, programas y proyectos de los órganos y entes municipales articularan al plan municipal de desarrollo elaborado por el alcalde, el alcalde de cada municipio debe dictar las instrucciones necesarias para la elaboraciones de los planes que con carácter obligatorio, deben formular todos los órganos y entes de la administración publica nacional.

TITULO V
LA PARTICIPACIÓN SOCIAL

Lo importante de esta ley como se menciona en este titulo e interpretado en el artículos 58, donde la participación social juega un papel importante, ya que en los cambios que estamos presentando, ya que el sector social puede presentar propuestas antes los organismos correspondientes.
Lo expresado al artìculo 59, se refiere a la organización y promoción que deben tener los participantes de una comunidad al presentar tales propuestas ante los entes respectivo, ya que lo primordial es estas en comunidades organizadas, tales como son en la propuestas por el nuevo cambio sociales que se ajustan al país entre ellos los Consejos Comunales, y toda organización que cumpla con dichos requisitos bien sean públicos o privados.
En la obligación de Informar como lo expresa en el articulo 60, considerando que estamos en un proceso de cambio social, los entes públicos tienen la obligación de informar a la sociedad para que las comunidades, grupos o individuales estén de tal manera informados que les permita una información clara y precisa del los planes de desarrollo y todos los proyectos de interés público.
CONCLUSIÓN

Después de ser decididas las necesidades a ser atendidas se debe establecer un cronograma detallado de ejecución física y financiera para finalmente, sobre estos, realizar el seguimiento, el control, y de ser necesario, la re-planificación que permitan garantizar la satisfacción de las necesidades de la comunidad.

Es muy importante hacer mención de la participación protagónica, ya que, los representantes individuales son los que a fin de cuentas deciden cuales son las necesidades de la comunidad y cuales no. Deciden cuales serán atendidas y en que orden, como serán atendidas y en cuanto tiempo y además son quienes cuentan con la información y demás instrumentos para hacerle seguimiento y control a la ejecución del plan.

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